Código de Ética

Resumen

1. Palabra Del Director General (CEO)

2. Sobre Baru

3. Introducción

4. Valores De Baru

5. Alcance

6. Reglas Generales De Gobernanza Corporativa

7. Relaciones Internas

8. Conducta De Los Colaboradores

9. Relaciones Externas

10. Nuestras Responsabilidades

11. Gestión De Este Código De Ética

12. Denuncias

Anexos


1. Palabra Del Director General (CEO)

Estimado Colaborador,

El presente Código de Ética se basa en la visión y valores de esta organización y fue creado como forma de orientar las conductas y acciones diarias esperadas de los colaboradores dentro y fuera del ambiente de trabajo, sean empleados, clientes, proveedores y/o terceros.

Además, este código unifica valores y principios los cuales son innegociables, valorando el respeto al individuo, al medio ambiente sostenible, a la transparencia en los negocios de la compañía y en las relaciones habidas con terceros y sus afiliados.

Baru cree que es posible promover un ambiente de negocio ético y saludable. Por esto, los invitamos a todos a la lectura de este documento que debe ser considerado como una guía en la búsqueda de orientaciones y recomendaciones a diversas cuestiones que pueden presentarse en el día a día.

Eventuales desvíos de las conductas esperadas por esta organización deben ser comunicada a través de los canales puestos a disposición para esta finalidad, siendo un deber de todos la fiscalización y promoción de un entorno ético y en consonancia con los valores y principios de esta organización.

Juan Carlos Pedroza Hernandez - Director General (CEO)


2. Sobre Baru

BARU OFFSHORE NAVEGAÇÃO LTDA. (“Baru”) busca ofrecer un ambiente de trabajo saludable, estableciendo estándares de comportamiento que cumplan las normas legales y la cultura de la empresa.

La compañía cree en el desarrollo del país pautado en los pilares de una economía sustentable con valoración a la diversidad, inclusión e igualdad de género, conjugando esfuerzos para la mantención de un ambiente corporativo seguro y con acciones efectivas para mantener un ambiente pautado en preceptos éticos y las buenas prácticas de negocio.

Se ofrecerán regularmente a los colaboradores entrenamientos y charlas sobre temas importantes para la concientización de buenas prácticas, buscando la promoción de la integridad, respeto entre los colaboradores y de Baru Offshore con clientes, proveedores, sus afiliados y terceros.


3. Introducción

BARU OFFSHORE NAVEGAÇÃO LTDA. (“Baru”) presenta este Código de Ética ("Código") en observancia a las leyes nacionales e internacionales aplicables a sus negocios con el objetivo de orientar los procedimientos de sus colaboradores, independientemente de cargo o función. El presente Código abarca, también, a los aliados de negocios que ejercen actividades a nombre de Baru o a su favor. Por lo tanto, los preceptos dispuestos en este Código deberán ser observados por todos los individuos y por todas las sociedades que componen Baru, así como transmitidos a nuestros aliados, sean: clientes, proveedores, coparticipantes en consorcios u otros terceros, con el fin de ratificar una aplicación plena de las directrices aquí establecidas, haciéndose, entonces, propicia para la creación de un ambiente de negocios más justo y eficiente en los mercados en los que operamos.

Baru está comprometida con la ética y la transparencia empresarial, razón por la cual cuenta con el apoyo y la cooperación de cada colaborador para divulgación, preservación, fiscalización y protección de este compromiso.


4. Valores De Baru

  • TRANSPARENCIA: divulgar y proporcionar a todos los interesados, informaciones claras, precisas, de fácil acceso y auditables, sobre la empresa como un todo;
  • CONFIABILIDAD: cumplir las métricas empresariales con rigor, puntualidad y precisión;
  • SEGURIDAD: tema de vital importancia en la cultura de la empresa, en el que privilegiamos el cuidado con las personas, así como los activos propios y de terceros;
  • TOLERANCIA CERO A LA CORRUPCIÓN: fomentar y desarrollar acciones orientadas al combate a la corrupción, fraude, lavado de dinero y financiamiento al terrorismo, de forma de promover una sociedad más ética e igualitaria; y
  • RESPONSABILIDAD SOCIOAMBIENTAL: Baru se empeña en la promoción de un desarrollo de negocio sustentable, con respeto al medio ambiente, a los derechos humanos y en el desarrollo integral de los colaboradores.

5. Alcance

Este CÓDIGO se aplica integralmente a directores, colaboradores, consultores, pasantes y trainees, así como a aliados de negocios, proveedores, prestadores de servicios, sus afiliados y terceros en general, es decir, a todos aquellos que trabajan directa o indirectamente para Baru, sus subsidiarias, empresas bajo controle común, consorciadas, aliados de negocios y comerciales. y tiene como objetivo esclarecer las obligaciones éticas y legales de Baru, promoviendo relaciones saludables en ámbito interno y externo.

Baru, valora la ética en todas sus relaciones, por lo que busca empresas, terceros, clientes y colaboradores que entiendan su forma de hacer negocios y se comprometan a observar los más altos estándares de ética e integridad.


6. Regras Gerais de Governaça Corporativa

Baru valora y estimula el comportamiento íntegro y leal de sus colaboradores y terceros que actúan a su nombre o a su favor, por lo tanto, recomienda las siguientes prácticas:

  • Obediencia a las legislaciones, instrumentos normativos y reglamentos, manteniendo el compromiso de respeto a los valores de Baru, la búsqueda de la excelencia en nuestros servicios prestados y la longevidad de Baru mediante la adopción de políticas y directrices de conducta que mitiguen cualquier posible desviación que infrinja este Código, sus Políticas y leyes aplicables, además del necesario y debido reporte de cualquier acto mencionado anteriormente;
  • Conducir los negocios con transparencia, impersonalidad, respeto e integridad, de modo tal de cultivar la credibilidad entre colaboradores y terceros interesados y, en la reputación de Baru.
  • Compromiso con la mejoría en la calidad de los servicios prestados en Baru, preservación de los intereses de los socios cuotistas y partes interesadas; y
  • Ciudadanía corporativa, respeto a todas las partes con las que Baru se relaciona y por adopción de acciones volcadas a la sustentabilidad y responsabilidad social, beneficiando a Baru y a la sociedad en general.

7. Relaciones Internas

7.1. REGLAS GENERALES DE CONDUCTA

Este Código se aplica a todos los directores, colaboradores, consultores, pasantes y trainees, así como a los aliados de negocios, proveedores, prestadores de servicios. Todos deben cumplir las leyes, Políticas Internas y otros reglamentos aplicables bajo pena de responder en la forma prevista en ley, no obstante, las medidas disciplinarias internas por el incumplimiento del deber legal y profesional.

Los documentos institucionales, como este Código y otras políticas se pueden consultar en el sitio web de Baru (www.baruoffshore.com.br) y/o en su red interna. El Comité de Ética es el responsable de la actualización y divulgación de nuevos documentos que sean implementados.

Baru cree en un ambiente de trabajo inclusivo y libre de discriminación y acoso. Por ello, tenemos como principios las siguientes directrices:

7.2. CONDUCTA ÉTICA Y LEGAL

Todos los empleados deben recibir un trato justo e isonómico, sin discriminación de etnia, edad, género, orientación sexual, identidad de género, religión, nivel de educación o limitaciones físicas. Baru estimula la diversidad de los equipos, la buena relación entre sus colaboradores y entre éstos y los inversionistas de Baru, sus socios de negocios y comerciales.

No se tolerarán comportamientos como intimidación, amenazas o similares que tengan como objetivo avergonzar a los colaboradores de Baru, sus clientes, proveedores o aliados comerciales.

7.3. ACOSO MORAL, ACOSO SEXUAL Y PRÁCTICA DE DISCRIMINACIÓN

Situaciones de acoso sexual pueden ocurrir cuando alguien en posición de privilegio se aprovecha de esa ventaja con intención de obtener favores sexuales. Situaciones de acoso moral, por su parte, pueden ocurrir cuando hay conductas abusivas - por medio de gestos, palabras, actitudes, comportamientos - que pretendan herir la dignidad de una persona.

Baru condena cualquier tipo de situación de acoso. Por ello, en caso de desconfianza o identificación de alguna de esas prácticas, el incidente deberá ser reportado a través del Canal de Denuncias, pudiendo también ser reportado al gestor inmediato o a cualquiera de los miembros del Comité de Ética.

7.4. PROMOCIÓN Y DEFENSA DE LA IGUALDAD Y DE LOS DERECHOS LABORALES

Baru valora a sus colaboradores, razón por la cual valora el trato justo, ético y respetuoso entre sus colaboradores y, de igual manera, en la relación con los terceros (clientes, prestadores de servicios, aliados comerciales, entre otros), a través de la adopción de directrices que valoran la igualdad y el bienestar de sus colaboradores, incentivando la capacitación técnica y personal por medio de cursos y herramientas de desarrollo personal y profesional.

  1. SEGURIDAD Y SALUD LABORAL: es obligación de todos los empleados reducir al máximo los posibles riesgos para la salud y la seguridad mediante la utilización de los equipos de protección personal y colectiva, así como, la participación en entrenamientos y acciones de concientización para el equipo sobre las cuestiones relativas a la seguridad laboral; y
  2. TRABAJO ESCLAVO O INFANTIL: Baru se opone al trabajo forzado y a situaciones que potencialmente implican coerción, castigos bajo cualquier pretexto, medidas disciplinarias degradantes y castigo por el ejercicio de cualquier derecho fundamental. Baru también repudia el trabajo ilegal, informal e infantil, así como la relación con menores de edad que caracterice vínculo laboral, salvo la contratación de jóvenes aprendices y pasantes en los términos de las leyes vigentes.

7.5. CONFIDENCIALIDAD DE LAS INFORMACIONES

Las informaciones producidas u obtenidas como resultado de las actividades de Baru, cuando no sean divulgadas oficialmente por la empresa en sus canales (sitio web, datos relevantes comunicados al mercado y otros) o se compartan con los medios de comunicación, se considerarán confidenciales, siendo prohibida su divulgación.

Debe considerarse Información Confidencial toda aquella que no pueda ser divulgada y que, en su caso, pueda ser útil para los competidores o perjudicial para Baru, para sus clientes o accionistas. Toda y cualquier actividad de carácter confidencial de modo ponderable es considerada una Información Privilegiada. Por lo tanto, la información confidencial de Baru no se puede utilizar para fines personales o de terceros.

Así, en la conducción de las actividades de Baru, se espera que todos los involucrados:

  • Observen la legislación sobre privacidad, protección de datos y seguridad de la información;
  • Actúen de manera legítima e íntegra en el tratamiento de los datos personales a los que tenga acceso en el desempeño de sus funciones;
  • Consideren que las contraseñas de acceso a los sistemas son individuales e intransferibles. Queda prohibida la violación del secreto conferido al login de usuario y contraseña. Mantengan la seguridad de sus credenciales, de acuerdo con las directrices vigentes en Baru..

Además, queda expresamente prohibido:

  • Proporcionar o compartir datos personales de clientes a cualquier otra persona o empresa sin la debida autorización;
  • Uso de datos personales a los que se tiene acceso debido al desempeño de la función laboral para fines distintos de los relacionados con la actividad de Baru, y
  • Cualquier acción que genere la exposición vejatoria o ilegal de datos personales, que viole la privacidad de clientes o terceros.

7.6. PROTECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL

La Propiedad Intelectual ("PI") de Baru incluye patentes, marcas comerciales/de servicio, derechos autorales, secretos comerciales, herramientas, tecnologías comerciales y otros factores característicos considerados "propiedades" de Baru, que utiliza para identificarse a sí misma y a sus servicios y soluciones en el mercado.

Baru y todos los empleados deben proteger a PI contra la divulgación o uso indebido, evitando cualquier acto u omisión que pueda violar los derechos de propiedad intelectual de terceros.

En caso de necesidad de orientación sobre la protección de la PI de Baru o uso de la PI de terceros, el colaborador deberá ponerse en contacto con el área Jurídica, por medio del e-mail: juridico@baruoffshore.com.br.

7.5.2. PROTECCIÓN DE DATOS

Baru está comprometida con la seguridad, privacidad y protección de datos personales. Se toman las medidas razonables para garantizar que los datos personales sean tratados en consonancia con la Ley General de Protección de Datos N° 13.709/18 (LGPD) y demás normativas sobre el tema.


8. Conducta De Los Colaboradores

8.1. DIRECTRICES GENERALES DE COMPORTAMIENTO

Es parte de la cultura de Baru trabajar con calidad, respeto a las personas, dedicación y espíritu de equipo siendo puntos primordiales para los colaboradores de Baru. Se desarrolla la práctica de trabajar con orgullo, imparcialidad, credibilidad y respeto. Por lo tanto, Baru espera que sus colaboradores:

  • Cooperen en la construcción de un agradable ambiente de trabajo, así como que desarrollen focalización en la gestión de su carrera a través de la búsqueda de crecimiento personal y profesional, promoviendo una atención de excelencia a los clientes, trabajando siempre con calidad y ética. Practicando siempre reglas sociales de buena atención en todas las interacciones;
  • Cuiden el ambiente de trabajo, así como los equipos, instalaciones y procesos, con vistas a la productividad;
  • Conserven la imagen de Baru: ¡Somos lo que hacemos! La responsabilidad con la imagen de la compañía depende de las acciones de cada uno de nosotros;
  • Presenten soluciones asertivas para los problemas, pues la proposición de éstas mantiene a Baru en activo movimiento de innovación; y
  • Eviten malentendidos, chismes y propagación de rumores internos para mantener un ambiente de trabajo armonioso y saludable para todos.

Baru mantiene una postura no partidista y orienta que sus colaboradores en el ambiente de trabajo y en la relación con terceros no promuevan manifestaciones y/o discusiones políticas.

NO SERÁN ACEPTADAS de los colaboradores y terceros que presten servicios en las dependencias o en nombre de Baru las siguientes conductas:

  • La comercialización de cualquier producto y/o servicio en las dependencias de Baru;
  • El consumo o posesión de bebidas alcohólicas y drogas en las dependencias de Baru, así como, ejercer el trabajo con estado psíquico alterado debido al uso de estas sustancias.
  • Posesión y utilización de armas de cualquier naturaleza en las dependencias o al servicio de Baru;
  • El uso de celulares, tabletas, computadoras de mano y/o mesa para acceso a fotos, videos, documentos diversos, redes sociales, sitios y/o aplicaciones que no tengan relación directa con el ejercicio de las actividades laborales desempeñadas durante el período de la jornada de trabajo. Los celulares, en la función de aparato de telefonía, deben ser utilizados con sentido común y, preferentemente, para emergencias;
  • El uso de los bienes y patrimonio de Baru con desviación de función, para fines personales; y
  • La divulgación de cualquier información de Baru a no colaboradores, excepto aquellas ya públicas.

8.2. USO DE EQUIPOS

La utilización de equipos y recursos cedidos por Baru debe seguir la legislación aplicable y las normativas internas. Todos los equipos (computadoras, teléfonos celulares, máquinas, móviles, vehículos, etc.) y recursos de tecnología de la información (internet, correo electrónico, sistemas), así como otras herramientas proporcionadas al colaborador por parte de Baru deberán utilizarse exclusivamente para fines corporativos, ya que estos son propiedad de la empresa, lo que autoriza la verificación, por parte de Baru, de su forma de uso y el requerimiento de su devolución inmediata. Cabe destacar algunos puntos en cuanto al uso de estos:

  • Se prohíbe el retiro de equipos de la institución sin la debida autorización expresa de su superior jerárquico, y
  • No se admite la utilización de esos equipos corporativos para actividades que atenten a la moral y/o violen derechos fundamentales (tales como mensajes pornográficos, racistas y de cuño político o religioso, apología a drogas y terrorismo, juegos y otros).

8.3. PRESERVACIÓN DE LA IMAGEN DE BARU

Baru se preocupa, valora y garantiza el derecho a la libertad de expresión de sus colaboradores, en los términos de la Constitución Federal y no apoya ninguna forma de restricción a ese derecho. Aunque se garantiza constitucionalmente la libertad de expresión, todos deben resguardar postura íntegra y respetuosa en cualquier ocasión, dentro y fuera del ambiente de trabajo, en cualquier ambiente, sea virtual o no.

De este modo, al utilizar las redes sociales, corresponde al colaborador identificar claramente que se trata de comunicación personal y no comunicación empresarial autorizada. Se espera que el colaborador, al expresar opinión en estos medios, considere que ese ambiente es público y que el contenido de su mensaje puede dañar la reputación de Baru, aunque el autor no se presente como representante o portavoz de la empresa. Debe ser adoptada una postura adecuada, libre de discriminación y prejuicio, siendo prohibida la manifestación en foros de discusión en nombre de Baru y la creación de perfiles y grupos en nombre de Baru.

Las comunicaciones institucionales y corporativas serán conducidas, siempre, por el área competente. Solo determinados colaboradores están autorizados a hablar en nombre de Baru y a hacer comentarios sobre ella a la prensa o a grupos externos. Cuando haya invitación a entrevistas o manifestaciones públicas solo el área competente podrá autorizar.

8.4. CONFLICTO DE INTERESES

Los colaboradores de Baru deben trabajar en pos del mejor interés de Baru, evitando situaciones en que los intereses particulares confluyan con las responsabilidades profesionales. Baru no se posiciona contrariamente a relaciones afectivas o parentesco entre colaboradores siempre que no guarde relación de subordinación directa y/o indirecta, los colaboradores no formen parte del mismo departamento y/o actúen en la misma filial.

Con respecto a los socios de Baru, están prohibidas las negociaciones con proveedores a cambio de ventajas personales o beneficio propio. De igual manera, deben evitarse relaciones afectivas o de parentesco entre cualquier colaboradore que ejerza actividades en Baru, están incluidos en este rol los administradores, socios, y directores en las aliadas de Baru. Si surge alguna sospecha de conflicto de intereses, activa el Canal de Denuncias o el Comité de Ética(comitedeetica@baruoffshore.com.br).

Baru posee documento con instrucciones específicas relativas a tales contextos, se recomienda consultar las directrices normatizadas siempre que sea necesario.

8.5. OBSEQUIOS, REGALOS Y HOSPITALIDADES

Ofrecer y recibir obsequios, regalos y hospitalidades es práctica común, considerada una cortesía en las relaciones comerciales, lo que simboliza aprecio, gentileza y refuerzo de la marca, siempre que tal práctica se dé de forma ética, de conformidad con las previsiones legales y apropiada para las más diversas situaciones. Las negociaciones con proveedores, prestadores de servicios, consultores de negocios y terceros no deben verse influidas por la recepción, oferta o promesa de ningún tipo de ventaja, ni siquiera potencial ni aparente. Del mismo modo, también se prohíbe intentar influir en los clientes y clientes potenciales por parte de cualquier colaborador y/o tercero que actúe en nombre de Baru, tanto en el ámbito privado como en el público.

Se permite recibir obsequios de terceros preferentemente que contengan el logotipo del ofertante para el fortalecimiento de la marca, siempre que se observen las definiciones aquí establecidas y la frecuencia de recepción, debiendo ser observada, además, nuestra Política de Obsequios.

8.6. DONACIONES Y PATROCINIOS

Por las directrices de Baru, donaciones y patrocinios son permitidos en casos específicos, los cuales están establecidos en Política propia. Se destaca que está prohibida la donación con fines políticos y/o partidistas. Los patrocinios deben ser analizados previamente por el Comité de Ética. Ninguna donación o patrocinio podrá ser concretado sin expresa aprobación del director general de Baru. Ninguna donación o patrocinio puede ser interpretado como un intercambio de favor. No se permiten donaciones para obtener beneficios inmediatos o futuros, por lo que todas las donaciones deben justificarse formalmente.

Las donaciones y patrocinios se destinarán prioritariamente a la educación, la cultura, la tecnología y los proyectos sociales. En caso de dudas siempre debe ser consultado al Comité de Ética.

8.7. COMBATE A LA CORRUPCIÓN

Baru y sus colaboradores están comprometidos a dirigir los negocios de manera legal, ética, transparente y profesional. Por lo tanto, esa es la conducta que la empresa debe adoptar durante la conducción de los negocios y ante la ley anticorrupción.

La actuación de Baru está pautada por la obediencia a las normas legales y por el respeto a las prescripciones éticas. Así, siempre se deben observar las leyes que tratan de prevención a la corrupción, entre ellas el Código Penal Brasileño (Decreto Ley Nº 2.848/40), la Ley de Improbidad Administrativa (Ley Nº 8.429/1992) y la Ley Nº 12.846/2013 y sus reglamentos (en conjunto "Leyes Anticorrupción»), en la conducción de las diversas relaciones y actividades. Ante esto, en cualquier contacto con el Sector Público, ya sea por colaboradores o por terceros (proveedores de servicio, consultores, aliados de negocio), es necesario observar las siguientes directrices:

  • SOBORNO: colaboradores de Baru y terceros que actúan a nombre de Baru deben cumplir íntegramente las leyes anticorrupción aplicables. Nadie está autorizado a ofrecer, prometer, hacer o proporcionar (directa o indirectamente a través de terceros) cualquier ventaja indebida, pagos, regalos o transferencia de cualquier cosa de valor a ningún funcionario público (incluyendo a sus familiares) para influir o recompensar cualquier acción oficial o decisión de dicha persona en beneficio de la empresa. No habrá ninguna penalización al empleado por el retraso o pérdida de negocios resultantes de su negativa al pago de soborno;
  • COMIDAS, VIAJES Y ENTRETENIMIENTO: no está permitido ofrecer comidas, viajes o entretenimiento a funcionarios públicos para influir o compensar indebidamente un acto o decisión oficial, como compensación real o prevista para cualquier beneficio de Baru;
  • REGALOS Y OBSEQUIOS: ningún regalo u obsequio puede, en ningún caso, ser dado a cambio de un trato favorable inapropiado del funcionario, buscando cualquier beneficio para Baru; y
  • PAGOS FACILITADORES: pagos para facilitar o acelerar las acciones de los funcionarios públicos pueden constituir un delito de corrupción. Baru prohíbe los pagos facilitadores.

La observancia constante de los medios de orientación, como Políticas y Normativas internas, entrenamientos y transparencia son herramientas utilizadas por Baru para alejar del escenario de negocios cualquier práctica de corrupción, lavado de dinero, soborno, ofrecimiento de una ventaja indebida. La denuncia de sospecha o violación de estas directrices es fuertemente estimulada entre todos los colaboradores y terceros que se relacionan con Baru, debiendo ser realizadas en el Canal de Denuncias o comunicadas al Comité de Ética.

Los conceptos y las normas sobre el tema deberán ser consultados en política específica, desarrollada para proporcionar orientaciones sobre el tema.

8.8. REGISTROS CONTABLES

Debe mantenerse la integridad de las informaciones y los registros relativos a las actividades de Baru, por lo que deben ser fidedignos y completos. Todos son responsables de la integridad de las informaciones y los informes bajo su control. Los registros contables deben mantenerse con suficientes detalles para reflejar las transacciones de Baru. En este ámbito, queda expresamente prohibida la falsificación de documentos de cualquier naturaleza, así como la presentación de documentos irreales o fraudulentos.


9. Relaciones Externas

La mantención de un entorno competitivo saludable beneficia no solo a los clientes, proveedores, sino también al mercado, a la propia Baru y a sus colaboradores. Baru respeta la libre competencia y libre iniciativa, repudiando cualquier acto que atente contra estos preceptos.

9.1. RELACIÓN CON CLIENTES

Baru tiene como punto fundamental en su modelo de gestión al cliente en primer lugar y exactamente por eso busca cumplir sus directrices, actuaciones, metas, presupuesto y auditoría con mucha disciplina.

La integralidad de colaboradores de Baru debe actuar de modo tal de contribuir con la satisfacción total del cliente, cumpliendo los acuerdos y contratos establecidos entre el cliente y Baru, siendo siempre receptivo a las críticas y sugerencias recibidas.

Intensificamos los controles y capacitaciones de cumplimiento para mejorar las prácticas y directrices existentes.

9.2. RELACIÓN CON LA COMPETENCIA

La competencia de los servicios prestados por Baru debe ejercerse sobre la base de una competencia libre y leal. No deben hacerse declaraciones, verbales o escritas, que afecten la imagen de los competidores o contribuyan a la divulgación de rumores sobre ellos, debiendo el competidor ser tratado con el respeto que Baru espera ser tratado. Por lo tanto, está expresamente prohibida la práctica de:

  • Proveer de información estratégica, confidencial o en cualquier otra forma que perjudique a los negocios de Baru a terceros, incluidos, entre otros, los competidores;
  • Mantenimiento de entendimientos con el(los) competidor(es) de Baru para la fijación de precios y/o condiciones de los servicios comercializados;
  • Adopción o influencia en la adopción de una conducta comercial uniforme o previamente acordada como división de mercados, y
  • Promoción de comentarios imprecisos o no verídicos sobre los servicios y productos de los competidores.

9.3. RELACIÓN CON PROVEEDORES

La elección y la contratación de proveedores siempre se basarán en criterios técnicos, económicos, profesionales y éticos, alineados con las directrices generales de Baru, por medio de proceso objetivo predeterminado, tal como competencia o cotización de precios, que garantice la mejor relación costo/beneficio.

La relación con los proveedores debe ser duradera, sin perjuicio de los principios de libre iniciativa y de competencia leal. Todos los proveedores que se relacionan con Baru deben tener buena reputación y cumplir con las exigencias legales (civiles, laborales, ambientales).

Se espera de los proveedores que se relacionan con Baru con las siguientes conductas:

  • Prohibición y represión de cualquier acto de corrupción;
  • Respeto de los derechos de los empleados;
  • Fomentar la diversidad de la fuerza de trabajo;
  • Promoción y lucha por un entorno de trabajo sin discriminación, acoso o cualquier forma de abuso;
  • Trato a los colaboradores de manera ética y honesta, incluyendo el respeto a salarios, horas de trabajo y beneficios;
  • Respeto de los derechos humanos y prohibición de toda forma de trabajo forzoso;
  • Asegurar la responsabilidad de salud y seguridad de sus colaboradores;
  • Comunicación acerca de sospecha o violación de este Código o de las demás Políticas que componen el Programa de Compliance de Baru durante la prestación de servicios contratada a través del canal adecuado;
  • Comunicación de la existencia o realización de cualquier subcontratación para el cumplimiento del contrato mantenido con Baru, siendo que la posibilidad de subcontratación debe haber sido acordada previamente entre las partes bajo pena de nulidad del contrato;
  • Acciones acordes con las normas locales e internacionales aplicables en materia de salud, seguridad y medio ambiente, así como con otras legislaciones aplicables a la actividad del proveedor, y
  • Cumplimiento de las normas y procedimientos establecidos por Baru.

9.4. RELACIÓN CON LA SOCIEDAD Y CON EL MEDIO AMBIENTE

El equilibrio del medio ambiente y la preservación de la naturaleza en sus operaciones, oficinas y a lo largo de su cadena de suministro son de fundamental importancia para la actividad empresarial de Baru. Por lo tanto, es obligación de todos los empleados:

  • Contribuir a la conservación y mejora del medio ambiente y de sus ecosistemas;
  • Familiarizarse con todas las Políticas y procedimientos adoptados por Baru con relación al medio ambiente;
  • Identificar peligros, evaluar riesgos y, en la medida de lo posible, emprender acciones correctoras, y preventivas, así como llevar el asunto al conocimiento del Directorio;
  • Informar inmediatamente de cualquier accidente y/o incidente relacionado con el medio ambiente al gestor inmediato para permitir la investigación de las causas e iniciar medidas correctivas y preventivas;
  • Obedecer las directrices de descarte de residuos aplicadas por Baru; y
  • Cuando aplicable según la legislación local, informar inmediatamente de los accidentes y/o incidentes a las autoridades competentes.

Baru busca desarrollar sus actividades de forma sostenible a fin de atender íntegramente la legislación ambiental vigente.

9.5. RELACIÓN CON AGENTES PÚBLICOS

Baru valora la conformidad con las leyes vigentes, principalmente aquellas que tienen como objeto la prevención y el combate a la corrupción, estando siempre disponible y comprometida a colaborar con los órganos de la Administración Pública cuando sea necesario.

Por ello, Baru se compromete con el combate a la corrupción y en pautar las relaciones con autoridades con ética e integridad.

En el trato con agentes públicos en general:

  • Se prohíbe el ofrecimiento, compromiso, pago o autorización de pagos de valores a cualquier agente o funcionario público, como también ofrecer bienes y otros recursos con el objetivo de establecer o mantener negocios u obtener ventaja comercial indebida o beneficios y ventajas de cualquier naturaleza; y
  • Se recomienda atención presencial a agentes públicos con la presencia de testigos, es decir, al menos por dos personas debidamente capacitadas, siendo que tal contacto debe ser formalmente informado a la compañía.

Estas directrices se complementan con las ya expuestas en el tema «Combate contra la corrupción" y en nuestra política específica. Consúltela siempre que necesite saber más sobre cómo Baru debe actuar en interacciones con autoridades y órganos gubernamentales.

9.6. RELACIÓN CON SOCIOS CUOTISTAS E INVERSIONISTAS

La relación con los socios cuotistas e inversionistas debe pautarse en la comunicación precisa, transparente y oportuna de informaciones que les permitan acompañar las actividades y el desempeño del negocio de Baru, así como en la búsqueda de resultados que tengan un impacto positivo en nuestro valor de mercado. El trato dado a los socios independientemente de la cantidad de cuotas sociales de las que sean titulares, observadas las restricciones legales. Los socios cuotistas y sus familiares deben seguir las mismas reglas válidas para los empleados que contraten y/u oferten productos o servicios a Baru. No se admitirá, en las relaciones con los socios:

  • Conflictos de intereses de cualquier naturaleza;
  • Desobediencia a la transparencia, ética y exención; y
  • Cualquier tipo de ventaja personal o de terceros.

Los negocios realizados entre socios y sus familiares con relación directa y/o indirecta con Baru y sus afiliadas deben ser comunicados a los demás socios y al Comité de Ética.


10. Nuestras Responsabilidades

Baru es responsable de difundir y guiar a todos los colaboradores y terceros sobre este Código. Baru también se compromete a realizar entrenamientos, mantener un canal de comunicación libre y abierto, y buscar incesantemente la concientización de todos sobre las directrices éticas y buenas prácticas de conducta que deben pautar la acción de empleados y terceros.

Para contribuir con la misión de Baru, es importante la responsabilidad individual de cada uno sobre el cumplimiento de todas las directrices dadas por Baru y por la ley vigente, lo que incluye el deber:

  • De los colaboradores, en registrar en el Canal de Denuncias todas las situaciones que importen en violaciones al Código, aunque sean solo mera sospecha;
  • Del gestor, en su calidad de líder, de reforzar las directrices contenidas en el Código de Baru y dar el ejemplo;
  • De la alta administración, de ser referencia en las acciones éticas y en conformidad con el Código, políticas y normativas internas, viabilizando y apoyando el cumplimiento del Programa de Compliance; y
  • De los terceros, de cumplir con el Código y todas las Políticas de Baru.

Todos los directores, colaboradores, consultores, pasantes y trainees, así como los aliados de negocios, proveedores, prestadores de servicios, sus afiliados y terceros. En general, SIEMPRE ANTES DE ACTUAR.

  • ¿Tengo autorización para hacerlo?
  • ¿Esta acción es contraria a alguna de las directrices del Código de Ética y de otras Políticas de Baru?
  • ¿Esta acción es contraria a alguna legislación vigente?
  • ¿Me sentiría cómodo contándole esto a un compañero de trabajo o a mi gestor?
  • ¿Me sentiría orgulloso de informar esta acción a alguien de mi familia?

En caso de que la respuesta a cualquiera de las preguntas anteriores sea dudosa o negativa, recomendamos la no realización y que busque aclaraciones en el Departamento Jurídico o Comité de Ética de Baru.


11. Gestión De Este Código De Ética

Baru tiene un Comité de Ética, compuesto por un grupo de personas que tiene la misión de velar por el cumplimiento de este Código, analizando y deliberando acerca de todas las incidencias, dudas y aclaraciones necesarias. Las directrices de este Código reflejan nuestros valores, siendo de suma importancia el estricto y fiel cumplimiento de todas sus disposiciones, sin margen para interpretaciones. El incumplimiento de este Código podrá acarrear medidas disciplinarias aplicables, proporcionales y de conformidad con la legislación laboral, entre ellas:

  • Orientación;
  • Advertencia (siempre por escrito);
  • Suspensión;
  • Despido sin justa causa; y
  • Despido con justa causa.

Este Código está sujeto a modificaciones y/o cambios, después de cada revisión, Baru publicará la versión más reciente en su sitio web (www.baruoffshore.com.br).


12. Denuncias

¿QUÉ ES EL CANAL DE DENUNCIAS?

El Canal de Denuncias es un medio de comunicación puesto a disposición de los colaboradores, terceros, prestadores de servicios y clientes para que denuncien acciones, omisiones, irregularidades, desconformidades, y cualquier hecho que contrarreste la legislación vigente y/o las normas y conductas descritas en este Código y demás Políticas y Normas internas de Baru, así como acciones que puedan causar algún daño a cualquier actividad de Baru, a sus colaboradores, socios y demás interesados.

Este canal es independiente e imparcial y no tiene ninguna relación con la gestión de esta compañía, a fin de garantizar el secreto, la transparencia y la eficacia en la constatación y el tratamiento de eventuales inconformidades identificadas.

Algunos ejemplos de irregularidades que deben ser objeto de denuncia: incumplimiento de leyes, políticas y normas internas, robo, hurto, fraude, falsificaciones en general, actos de corrupción, entre otros que contrarían leyes, normas y reglamentos internos de Baru.

Para facilitar el análisis y tramitación de la denuncia, intente reunir la mayor información posible, como, por ejemplo: nombre del involucrado, unidad, acciones, horario, foto y otros documentos.

¿CÓMO HAGO CONTACTO CON ESTE CANAL?

Baru pone a disposición los siguientes canales para viabilizar el acceso a su Canal de Denuncia:

Sitio: https://www.contatoseguro.com.br/baruoffshore.

Teléfono: 0800 155 0016

Aplicación: Contacto Seguro

  • ¿TENDRÉ ALGÚN GASTO PARA LLAMAR AL CANAL? No, el acceso a cualquiera de los medios de contacto descritos anteriormente es gratuito.
  • ¿DEBO IDENTIFICARME? Usted puede identificarse o permanecer anónimo.
  • ¿LA DENUNCIA SE MANTENDRÁ ANÓNIMA? Sí, en cualquier situación e independientemente del objeto de la denuncia, de la persona denunciada y del resultado de la constatación del hecho relatado.
  • ¿QUÉ OCURRE DESPUÉS DE QUE HAGO LA DENUNCIA? Se iniciará un procedimiento de investigación sobre la base de la información transmitida por el denunciante y se tomarán las medidas pertinentes.
Fecha de la ElaboraciónFecha de la revisiónAprobaciónVersión
04/04/2017  1
11/02/2023  2

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